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Historia de desaciertos e imaginación

Enviado por Gonzalo Araya I. el 09/04/2008 a las 21:37
Esta es un pequeña historia de cómo no se deben hacer las cosas en materia legislativa. El martes 25 de marzo se publicó la ley 20.259 que rebaja el impuesto específico a las gasolinas automotrices y además modifica otros impuestos, entre los que se encuentra el de Timbres y Estampillas, con la idea de ayudar al crecimiento y desarrollo principalmente de las pymes.

En la teoría todo bien, pero en al práctica no todo funciona como se esperaría en temas delicados como los de tributación. Por una parte, se elimina (o mejor dicho se atenúa, pues hay ciertos límites) este tributo para las pymes y por la otra se intenta bajar de inmediato las tasas de dicho tributo a 0,1% por cada mes o fracción de mes y a 1,2% como tasa máxima en las operaciones de crédito de dinero (tasas que comenzaban a regir el 1 de enero de 2009), pero se equivocaron rotundamente en ese intento, pues en realidad desde el 25.03.08 (fecha de vigencia de la modificación respectiva de la ley 20.259) las tasas han quedado en 0,134% y 1,608% respectivamente, valores anteriores a la vigencia de la ley 20.130, según así se desprende de la redacción del Art. 2º de la ley 20.259.

Expliquemos mejor esta historia. La ley 20.130, de 2006, modificó la ley de timbres y estampillas, bajando las tasas de ese tributo, a contar del 1.01.09, a los valores señalados de 0,1% y 1,2%, disponiendo en su artículo transitorio una reducción gradual de las tasas vigentes en esa fecha (0,134% y 1,608%) para regir durante los años 2007 y 2008, hasta llegar a las tasas indicadas de 0,1% y 1,2% para el año 2009. Pero como el Art. 2º de la ley 20.259 dispuso la eliminación del artículo transitorio de la ley 20.130, en la práctica quedarían vigentes las tasas de 0,134% y 1,608%, llegándose a una situación absolutamente no deseada. ¡Qué error más grande!, de Hacienda en primer lugar y de los legisladores que poco y nada analizan, pues no era difícil darse cuenta de tamaña inconsistencia. Uno se puede dar cuenta del tremendo error al leer el mensaje de la Presidencia de la República, que al respecto dice textualmente: "Pero, además, como un incentivo no solamente dirigido a las Pymes, sino a todos los emprendedores y ciudadanos que accedan al crédito, se propone adelantar en un año la reducción general del impuesto ya aprobado en 2006. Así, la tasa del impuesto se reduciría a 1,2% en forma inmediata y no en enero de 2009, como estaba previsto".
Ahora bien, el 1 de abril recién pasado se envío un Proyecto de Ley a la Honorable Cámara de Diputados que perfecciona la administración tributaria y aduanera para facilitar el cumplimiento tributario de los contribuyentes, mediante el cual se subsana el error al cual me referí en el indicado post. Para ello, se propone en el Art. 7º del mencionado proyecto, lo siguiente:

"Declárese, interpretando el artículo 2° de la ley N° 20.259, que a contar de la fecha de su publicación, las tasas proporcionales que establecen los artículos 1°, N° 3), 2°, y 3° del Decreto Ley N° 3.475, de 1980, son y han sido de 0,1% por cada mes o fracción de mes, con una tasa máxima de 1,2%, respecto de aquellos documentos u operaciones con plazo de vencimiento, y de 0,5% respecto de aquellos documentos a la vista o sin plazo de vencimiento. Dichas tasas son y han sido aplicables respecto de los documentos y operaciones que se emitan, suscriban, otorguen, prorroguen, renueven, o, en general, cuyos impuestos se devenguen a contar del 25 de marzo de 2008. Asimismo, declárese interpretando los números 1), 2) y 3) del artículo único de la ley N° 20.130, que las expresiones "1 de enero del año 2009", son y siempre han sido “25 de marzo del año 2008".

Curiosamente, donde siempre hemos leído "1 de enero de 2009" en la ley 20.130, desde que se apruebe este texto legal debimos siempre haber leído "25 de marzo de 2008". Toda una curiosidad legislativa que demuestra que imaginación no les falta a nuestros funcionarios públicos. Al menos de esta forma se subsana el grotesco error de la ley 20.259, aunque sea de manera tan artificial.
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